Privilegios e inmunidades - 2. Inmunidades Diplomáticas en el Derecho Internacional El Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas de 18 de abril de 1961 reconoce —como parte del llamado estatuto diplomático (normas aplicables a las misiones y agentes diplomáticos extranjeros)— los privilegios e inmunidades […] Privilegios e Inmunidades Diplomáticas jbagonzalez 2019-11-15T20:30:25+00:00.

El Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas de 18 de abril de 1961 reconoce -como parte del llamado estatuto diplomático (normas aplicables a las misiones y agentes diplomáticos extranjeros)- los privilegios e inmunidades diplomáticos, que se conceden no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de … Concepto de Privilegios E Inmunidades Consulares que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Pedro Gabriel Labariega Villanueva) Tanto en la doctrina como en la jurisprudencia se tiende a usar … Privilegios e inmunidades diplomáticas. La siguiente codificación de la Ley 373-B sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, Consulares y de los Organismos Internacionales, de 4 de septiembre de 1970, sus reformas contenidas en los Decretos Supremos números 876-C, de 25 de noviembre de 1970, promulgado en el Registro Oficial número 114, Los Agentes Diplomáticos - 3.1. Sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor.

Visa Diplomática. Click para ver los formularios en linea: Privilegios e Inmunidades. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE LOS AGENTES CONSULARES Y SUS OFICINAS CONSULARES conclusiones. establece que la flia de los m del personal adm y tcnico posee el mismo estatuto privilegiado que los anteriores. Exoneraciones. Nombramiento - 3.2. La siguiente codificación de la Ley 373-B sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, Consulares y de los Organismos Internacionales, de 4 de septiembre de 1970, sus reformas contenidas en los Decretos Supremos números 876-C, de 25 de noviembre de 1970, promulgado en el Registro Oficial número 114, 29 a 36; y el prrafo 2 de este art. - Privilegios de los m de la flia del agente diplomtico: segn el art. Los miembros del personal de las misiones diplomáticas y oficinas consulares, de nacionalidad colombiana o extranjeros residentes, no gozarán de privilegios e inmunidades de conformidad con lo establecido en el numeral 1.14 de este manual.